IV. PROBLEMA JURÍDICO PLANTEADO
Precisada la naturaleza procesal de una demanda contenciosa administrativa, en el caso concreto, lo que corresponde en coherencia con el principio del control judicial de legalidad, es verificar si el SENAPI al haber emitido la Resolución Administrativa No DGE/OPO/J – 176/2015, de fecha 14 de agosto de 2015, obro correctamente al haber dado lugar a la oposición planteada por la empresa ZITRO IP S.a.r.l. en relación al registro de la marca TRIPLE MANIA BONUS.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. DE LA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. PROBLEMA JURÍDICO PLANTEADO
- V. ANÁLISIS DEL PROBLEMA JURÍDICO PLANTEADO
- VI. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA.
- 1.- La marca propuesta “TRIPLE MANIA BONUS” y la marca existente ya registrada por la empresa opositora “POWER MANIA BONUS”, son similares, considerando que lo que se trata de evitar es precisamente causar una confusión de marcas en los usuarios o co
- POR TANTO
