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    Sentencia Rol 246 - 2020
    Tribunal Constitucional de Chile

    Sentencia Rol 246 - 2020

    Fecha: 02-Dic-2020

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    • 0000338 TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 8963-2020 [02 de diciembre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 4° DEL DECRETO LEY N° 2
    • 0000339 TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE 2 Precepto legal cuya aplicación se impugna El precepto legal impugnado dispone: Artículo 4° del Decreto Ley N° 2
    • 0000340 TRESCIENTOS CUARENTA 3 3643, de 1981, dispone que "No será aplicable al personal la Ley N° 16
    • 0000341 TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO 4 Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento La causa fue admitida a trámite y declarada admisible por la Primera Sala de este Tribunal Constitucional
    • 0000342 TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS 5 Y en el petitorio de su presentación, FAMAE solicita a esta Magistratura Constitucional que concluya la aplicación concreta al caso sub lite de la correcta normativa que debe regir las desvinculaciones del personal civil de FAMAE, resolviendo conforme a derecho
    • 0000343 TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES 6 empresas del Estado, sosteniendo la vulneración del artículo 19, numeral 2°, de la Constitución
    • 0000344 TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 7 trabajo, reconocido en el artículo 19, numeral 16°, de la Constitución
    • 0000345 TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO 8 "Artículo 4°- No será aplicable al personal de Fábricas y Maestranzas del Ejército la ley N° 16
    • 0000346 TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS 9 Ello no puede confundirse con la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional de expulsar una norma del orden jurídico en razón de su inconstitucionalidad y que el artículo 94 de la Constitución denomina bajo la idea de que “se entenderá derogado”
    • 0000347 TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE 10 En segundo lugar, arguye que no existe una causal de despido en el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas que pueda asimilarse a la de despido por reducción de personal según las exigencias del servicio y que la analogía aplicada por el tribunal laboral ha sido en perjuicio de los trabajadores, porque ha validado un despido sin que el empleador haya pagado las debidas contraprestaciones
    • 0000348 TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO 11 DECIMOSEXTO
    • 0000349 TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE 12 La Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, N° 18
    • 0000350 TRESCIENTOS CINCUENTA 13 previsión, antigüedad, mando, sucesión de mando y presupuesto de las Fuerzas Armadas (…)” (artículo 105 de la Constitución)
    • 0000351 TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO 14 VIGESIMOCUARTO
    • 0000352 TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS 15 en el empleo al personal no militar de Fábricas y Maestranzas del Ejército, destinada, como está, a la satisfacción de las necesidades de la Defensa Nacional y, por lo mismo, por disposición de su ley orgánica, bajo el control militar”
    • 0000353 TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES 16 TRIGÉSIMO
    • 0000354 TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 17 “entiende por empresa toda organización de medios personales…”
    • 0000355 TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 18 En segundo lugar, hay que excluir la renuncia puesto que no se trata propiamente tal de una hipótesis de despido
    • 0000356 TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS 19 necesariamente, de forma regular y lógica, sin que pueda admitirse algún grado de discriminación o práctica ilimitada
    • 0000357 TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 20 Finalmente, el Protocolo de San Salvador, en su artículo 7° literal d) reconoce que “[l]os Estados partes en el presente Protocolo reconocen que el derecho al trabajo al que se refiere el artículo anterior, supone que toda persona goce del mismo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, para lo cual dichos Estados garantizarán en sus legislaciones nacionales, de manera particular: (…) d
    • 0000358 TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 21 CUADRAGÉSIMO
    • 0000359 TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 22 Y TENIENDO PRESENTE lo preceptuado en el artículo 93, incisos primero, N° 6°, y decimoprimero, y en las demás disposiciones citadas y pertinentes de la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17
    • 0000360 TRESCIENTOS SESENTA 23 del DL N° 3

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