Sentencia Rol 2009 - 2019
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 2009 - 2019

Fecha: 19-Mar-2020

0000378 TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO 2 La Dirección del Trabajo deberá llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, debiendo publicar semestralmente la nómina de empresas y organizaciones sindicales infractoras

0000378 TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO 2 La Dirección del Trabajo deberá llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, debiendo publicar semestralmente la nómina de empresas y organizaciones sindicales infractoras. Para este efecto, el tribunal enviará a la Dirección del Trabajo copia de los fallos respectivos. - Artículo 4°, inciso primero, L. 19.886: Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. Antecedentes y síntesis de la gestión pendiente Conforme al requerimiento y a los antecedentes agregados a este proceso constitucional, cabe consignar que la gestión judicial se inicia por denuncia por prácticas antisindicales de la Dirección del Trabajo contra la requirente Servicios Integrados de Salud Ltda., motivada a su vez por denuncia del Sindicato N° 2 de Trabajadores de la Empresa Servicios Integrados de Salud Ltda, en cuanto a incumplimiento de la empresa respecto de las resoluciones que calificaron los servicios mínimos durante la huelga. El asunto fue conocido por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que, por sentencia de 20 de junio de 2019, acogió la denuncia por prácticas desleales con motivo del reemplazo de trabajadores en huelga, condenó a la demandada al pago de multa de 100 UTM, y al pago de una compensación económica al Sindicato, y ordenó la remisión de copia de la sentencia a la Dirección del Trabajo. La empresa requirente dedujo recurso de nulidad contra el referido fallo, alegando la dictación de la sentencia con infracción de ley y, en subsidio, con infracción de garantías constitucionales, recurso que se encuentra pendiente de fallo por la Corte de Apelaciones de Santiago. Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal En cuanto al conflicto constitucional que se plantea ante esta Magistratura, la parte requirente afirma que la imposición de la sanción de excluir a la empresa por dos años para contratar o convenir con el Estado o sus organismos, afecta desproporcionadamente su patrimonio y su actividad laboral y comercial, e importa vulnerar la igualdad ante la ley y el principio de proporcionalidad, garantizados por