1. Competencia
38. Esta Sala es competente para revisar la sentencia que decidió la acción de tutela de la referencia, con fundamento en el inciso 3 del artículo 86 y el numeral 9 del artículo 241 de la Constitución, en concordancia con los artículos 33 a 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Encabezado
- 1. Hechos relevantes
- 5. Actuaciones en sede de revisión en la Corte Constitucional
- 1. Competencia
- 2. Procedencia de la acción de tutela y análisis de la carencia actual de objeto
- 2.2. Carencia actual de objeto por situación sobreviniente
- 3. Problema jurídico y metodología de la decisión
- 4. Análisis del caso concreto
- III. DECISIÓN
- RESUELVE
