Auto Constitucional A 001/04

Fecha: 20-Ene-2004

1. El 20 de octubre de 2003, el señor Jhon Jairo Díaz Arias, residente en Barranquilla, interpuso acción de tutela en Barranquilla ante el Consejo Superior de la Judicatura, contra la Dirección Nacional de Estupefacientes, con sede en Bogotá, por considerar vulnerados su derechos al trabajo y a la vida digna, toda vez que no ha recibido el certific...

Auto Constitucional A 002A/04

Fecha: 20-Ene-2004

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto 2067 de 1991 y según lo explicado por la jurisprudencia constitucional[4], la Sala Plena de esta Corporación es la autoridad competente para decidir los incidentes de nulidad que se promueven contra las sentencias de tutela proferidas por las Salas de Revisión. En consecuencia, le correspond...

Auto Constitucional A 002B/04

Fecha: 27-Abr-2004

La controversia procesal planteada en el presente asunto tuvo como origen la interpretación del Decreto Reglamentario 1382 de 2000, "Por el cual se establecen reglas para el reparto de la acción de tutela", norma respecto de la cual, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante sentencia del 18 de j...

Auto Constitucional A 003/04

Fecha: 27-Abr-2004

2. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, Sala Civil-Familia mediante proveído de septiembre diez (10) de 2003, decidió no asumir el conocimiento de la demanda al considerar que los Ministerios demandados no han vulnerado derecho fundamental alguno y que al quedar solamente involucrada una autoridad del orden departamental de conformi...

Auto Constitucional A 003A/04

Fecha: 27-Abr-2004

La Corte no es competente, después de dictar sentencia, para continuar añadiendo elementos a los contenidos de la motivación, y menos de la resolución correspondiente, ya que el proceso de control de constitucionalidad ha terminado. Lo demás se diría por fuera de proceso y con evidente extralimitación funcional de la Corte. La Corte no podrá admiti...

Auto Constitucional A 003B/04

Fecha: 27-Abr-2004

Como lo expuso esta Corporación, por su propia naturaleza el ejercicio de los recursos judiciales constituye un acto procesal de parte, salvo las excepciones que establece la ley. De manera que, en desarrollo del principio dispositivo, el recurso de súplica no sólo exige del accionante su interposición oportuna sino que, igualmente, requiere de un ...

Auto Constitucional A 004/04

Fecha: 03-Feb-2004

El artículo 86 de la Constitución Política dispone, sin excepción alguna, que toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad ...

Auto Constitucional A 004A/04

Fecha: 03-Ago-2004

1. El 15 de septiembre de 2003, el doctor Ramiro Mejía Correa interpuso acción de tutela ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, contra la Nación -Ministerio de Protección Social-, con el fin de que se tutele el derecho a la igualdad de sus representados y en tal medida como mecanismo transitorio, se haga a ellos extensivo el f...

Auto Constitucional A 005/04

Fecha: 03-Ago-2004

2- La acción correspondió por reparto al Juzgado Dieciocho Penal Municipal de Bogotá, el cual, mediante auto de dieciséis (16) de septiembre de dos mil tres (2003) decidió admitirla. Sin embargo, mediante providencia de veintidós (22) de septiembre del mismo año, se abstuvo de continuar con el conocimiento de la acción interpuesta, por considerar q...

Auto Constitucional A 006/04

Fecha: 03-Ago-2004

La Corte Constitucional en la Sentencia T-1026 de 30 de octubre de 2003 tras hacer una síntesis de los antecedentes en los cuales funda el actor la acción de tutela por él interpuesta contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá –Sala Civil- a la cual se ha hecho referencia, precisa el contenido tanto de la sentencia de la Corte Supr...

Auto Constitucional A 007A/04

Fecha: 03-Ago-2004

1. Ante todo ha de recordarse por la Corte Constitucional que luego de expedido el Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, proferido por el Presidente de la República y según el cual se “establecen reglas para el reparto de la acción de tutela”, esta Corporación, en auto ICC-118 de 26 de septiembre de 2000, reiterado en numerosas oportunidades, lo ina...

Auto Constitucional A 008/04

Fecha: 03-Ago-2004

1. El día 6 de noviembre de 2003 el ciudadano Jorge León Camacho Ríos interpuso ante el Juzgado Civil Municipal de reparto “ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO con la finalidad de que se nos proteja nuestro derecho constitucional fundamental, de PETICIÓN, (sic) el cual consideramos vulnerado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. (…)” (fl...

Auto Constitucional A 008A/04

Fecha: 17-Feb-2004

“Primero.- DECLARAR PARCIALMENTE FUNDADA la objeción por inconstitucionalidad formulada por el Presidente de la República al parágrafo transitorio y al parágrafo del artículo 5 del Proyecto de Ley No. 030 de 2001, conexos con el inciso primero del artículo 5 y con el artículo 1 de la misma ley, 084 de 2001 (acumulados) – Cámara y No. 278 de 2002 Se...

Auto Constitucional A 009/04

Fecha: 17-Feb-2004

1. El ciudadano Julio César Restrepo Herrera, en escrito dirigido al Consejo Superior de la Judicatura –Sala Jurisdiccional Disciplinaria- interpuso acción de tutela contra las Salas Jurisdiccional Disciplinarias del Consejo Seccional de la Judicatura del Quindío y del Consejo Superior de la Judicatura, por cuanto considera violado su derecho al de...

Auto Constitucional A 009A/04

Fecha: 17-Feb-2004

2. Se plantea entonces la cuestión de determinar si cuando del acervo probatorio surge la necesidad de vincular a una entidad del orden nacional, el Juez del Circuito debe seguir conociendo el proceso o si debe remitirlo a los Tribunales y a los Consejo Seccionales, en virtud de Decreto 1382 de 2000. Según el primero de los despachos judiciales la ...

Auto Constitucional A 010/04

Fecha: 17-Feb-2004

Para cumplir su finalidad, la propia Constitución Política (art. 86) establece como reglas básicas, las siguientes: (i) que el procedimiento que corresponde a esta acción sea preferente y sumario; (ii) que la acción pueda ser interpuesta directamente por la persona afectada o por quien actúe a su nombre; (iii) que pueda promoverse en todo momento y...

Auto Constitucional A 010A/04

Fecha: 17-Feb-2004

La controversia procesal planteada en el presente asunto tuvo como origen la interpretación del Decreto Reglamentario 1382 de 2000, "Por el cual se establecen reglas para el reparto de la acción de tutela", norma respecto de la cual la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante sentencia del 18 de ju...

Auto Constitucional A 011/04

Fecha: 17-Feb-2004

El artículo 86 de la Constitución Política dispone, sin excepción alguna, que toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad ...

Auto Constitucional A 011A/04

Fecha: 17-Feb-2004

1. El ciudadano Luis Armando Tolosa Villabona presentó demanda de inconstitucionalidad contra las expresiones “excepto en los procesos ejecutivos” y “no obstante, el superior al revisar el fallo consultado podrá modificarlo sin límite alguno”, contenidas en el artículo 39 de la Ley 794 de 2003, por el cual se modificó el artículo 386 del Código de ...