Auto Constitucional A 250/13
Fecha: 06-Nov-2013
Según lo regulado en el artículo 30 de la Constitución Política de 1991, "...Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Hábeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis (36) horas ". Por s...