ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 175/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIOS: LUIS ALBERTO TREJO OSORNIO Y CLAYDE A. SALDÍVAR ALONSO.
Fecha: 25-Nov-2022
El Órgano Interno De Control Tendrá Las Siguientes Atribuciones
"I. Las que contempla la Ley Número 465 de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guerrero;
"II. Verificar que el ejercicio de gasto del instituto se realice conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y montos autorizados;
"III. Presentar al Pleno del instituto los informes de las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes del instituto;
"IV. Revisar que las operaciones presupuestales que realice el instituto se hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables y, en su caso, determinar las desviaciones de las mismas y las causas que les dieron origen;
"V. Promover ante las instancias correspondientes, las acciones administrativas y legales que se deriven de los resultados de las auditorías;
"VI. Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos del instituto;
"VII. Evaluar los informes de avance de la gestión financiera respecto de los programas autorizados y los relativos a procesos concluidos, empleando la metodología que determine el mismo;
"VIII. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza administrativa contenidos en el Presupuesto de Egresos del instituto, empleando la metodología que determine;
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Vii Contar Con Reconocida Solvencia Moral
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- A Parámetro De Constitucionalidad
- B Análisis Del Caso Concreto
- Vii Efectos
- Así El Precepto Impugnado Deberá Leerse De La Siguiente Forma
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Vi El Tercer Lunes De Noviembre En Conmemoración Del De Noviembre
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo El Gobernador Tiene Las Siguientes Atribuciones
- Ii Contra Normas Generales O Actos En Materia Electoral
- Vii Cuando La Demanda Se Presentare Fuera De Los Plazos Previstos En El Artículo
- En Todo Caso Las Causales De Improcedencia Deberán Examinarse De Oficio
- El Órgano Interno De Control Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Ix Recibir Quejas Y Denuncias Conforme A Las Leyes Aplicables
- Xvi Formular Su Anteproyecto De Presupuesto
- Xix Las Demás Que Le Confieran Otros Ordenamientos