ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 175/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIOS: LUIS ALBERTO TREJO OSORNIO Y CLAYDE A. SALDÍVAR ALONSO.
Fecha: 25-Nov-2022
Xix Las Demás Que Le Confieran Otros Ordenamientos
"El titular del Órgano Interno de Control deberá rendir informe semestral y anual de actividades del instituto, del cual marcará copia al Congreso del Estado.
"El titular del Órgano Interno de Control se abstendrá de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión públicos y privados, con excepción de los cargos docentes."
35. Acción de inconstitucionalidad 65/2021, resuelta por el Pleno el 11 de enero de 2022, por mayoría de 8 votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Piña Hernández, Ríos Farjat y Laynez Potisek, respecto del considerando séptimo, relativo al análisis de fondo, en su tema II, consistente en declarar la invalidez de los artículos 15, fracción V, en su porción normativa "de amplia solvencia moral y", y 17, fracción V, en su porción normativa "de amplia solvencia moral y", de la Ley que crea el Instituto de Capacitación y Educación para el Trabajo del Estado de Nuevo León, expedida mediante el Decreto Número 454, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de marzo de dos mil veintiuno. Los señores Ministros Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra. El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunció voto particular.
Precedente que, a su vez, retoma las consideraciones que sostuvo este Alto Tribunal, al resolver la acción de inconstitucionalidad 107/2016, también resuelta por el Pleno el 23 de enero de 2020, por mayoría de 8 votos de las señoras Ministras y los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, Franco González Salas, Aguilar Morales, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea. Los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa (ponente) y Pardo Rebolledo no se pronunciaron sobre la propuesta. En la que, en suplencia de la queja, se declaró la invalidez del artículo 64, en su porción normativa "un modo honesto de vivir", de la Ley Número 9 Orgánica del Municipio Libre, del Estado de Veracruz, reformado mediante Decreto Número 930, publicado en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa el 9 de noviembre de 2016. 36. Acción de inconstitucionalidad 300/2020, resuelta por el Pleno el 18 de enero de 2022, por mayoría de 10 votos de las Ministras y de los Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa (ponente), Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto a declarar la invalidez del artículo 81, fracción V, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, en el que se establecía el requisito consistente en "contar con reconocida solvencia moral" para ser titular del Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa de esa entidad. El Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votó en contra.
37. "Artículo 73. Las sentencias se regirán por lo dispuesto en los artículos 41, 43, 44 y 45 de esta ley."
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Vii Contar Con Reconocida Solvencia Moral
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- A Parámetro De Constitucionalidad
- B Análisis Del Caso Concreto
- Vii Efectos
- Así El Precepto Impugnado Deberá Leerse De La Siguiente Forma
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Vi El Tercer Lunes De Noviembre En Conmemoración Del De Noviembre
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo El Gobernador Tiene Las Siguientes Atribuciones
- Ii Contra Normas Generales O Actos En Materia Electoral
- Vii Cuando La Demanda Se Presentare Fuera De Los Plazos Previstos En El Artículo
- En Todo Caso Las Causales De Improcedencia Deberán Examinarse De Oficio
- El Órgano Interno De Control Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Ix Recibir Quejas Y Denuncias Conforme A Las Leyes Aplicables
- Xvi Formular Su Anteproyecto De Presupuesto
- Xix Las Demás Que Le Confieran Otros Ordenamientos