ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 175/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIOS: LUIS ALBERTO TREJO OSORNIO Y CLAYDE A. SALDÍVAR ALONSO.
Fecha: 25-Nov-2022
Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
SEGUNDO.—Se declara la invalidez del artículo 62 Bis, fracciones III, en su porción normativa "y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión", y VII, de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, adicionado mediante el Decreto Número 860, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el quince de octubre de dos mil veintiuno, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Guerrero, conforme a lo expuesto en los apartados VI y VII de esta decisión.
TERCERO.—Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero, así como en el Semanario Judicial de la Federación y en su Gaceta.
Notifíquese mediante oficio a las partes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Vii Contar Con Reconocida Solvencia Moral
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- A Parámetro De Constitucionalidad
- B Análisis Del Caso Concreto
- Vii Efectos
- Así El Precepto Impugnado Deberá Leerse De La Siguiente Forma
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Vi El Tercer Lunes De Noviembre En Conmemoración Del De Noviembre
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo El Gobernador Tiene Las Siguientes Atribuciones
- Ii Contra Normas Generales O Actos En Materia Electoral
- Vii Cuando La Demanda Se Presentare Fuera De Los Plazos Previstos En El Artículo
- En Todo Caso Las Causales De Improcedencia Deberán Examinarse De Oficio
- El Órgano Interno De Control Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Ix Recibir Quejas Y Denuncias Conforme A Las Leyes Aplicables
- Xvi Formular Su Anteproyecto De Presupuesto
- Xix Las Demás Que Le Confieran Otros Ordenamientos