ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 299/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 10 DE AGOSTO DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: FERNANDO SOSA PASTRANA Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 26-Ago-2022
La Presente Acción De Inconstitucionalidad Se Presentó De Manera Oportuna
34. El decreto que contiene las normas impugnadas fue publicado el veintitrés de octubre de dos mil veinte en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero.
35. Conforme al artículo 60 de la ley reglamentaria en la materia,(5) el plazo para promover la acción de inconstitucionalidad es de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la norma. Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente. En el caso, el plazo de treinta días naturales para presentar la acción de inconstitucionalidad transcurrió del sábado veinticuatro de octubre al domingo veintidós de noviembre de dos mil veinte.
36. Por lo tanto, si la demanda se presentó al día hábil siguiente, esto es, el lunes veintitrés de noviembre del mismo año en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte, entonces debe concluirse que la demanda es oportuna.
- A Falta De Consulta Indígena
- B Falta De Consulta A Las Personas Con Discapacidad
- Desarrollar Al Máximo La Personalidad Los Talentos Y La Creatividad De Los Educandos
- Instrumentar Acciones Para Que Ninguna Persona Quede Excluida Del Sistema Educativo Estatal
- Ii Competencia
- La Presente Acción De Inconstitucionalidad Se Presentó De Manera Oportuna
- Iv Legitimación
- Vi Consideraciones Y Fundamentos
- Educación Indígena
- Falta De Consulta Indígena
- E Fase De Decisión Comunicación De Resultados Y Entrega De Dictamen
- Educación Inclusiva
- Ii Desarrollar Al Máximo La Personalidad Los Talentos Y La Creatividad De Los Educandos
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Artículo Las Controversias Constitucionales Son Improcedentes
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo El Consejo Consultivo Se Integrará De La Siguiente Forma
- Adicionado Po De Mayo De
- Al Aplicar Las Disposiciones Del Presente Convenio Los Gobiernos Deberán
- Tribunal Pleno Acción De Inconstitucionalidad Página
- Ley General De Educación
- Ley Número De Educación Del Estado Libre Y Soberano De Guerrero
- Artículo V
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener