ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 306/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 9 DE MAYO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIO: HÉCTOR VARGAS BECERRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 306/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 9 DE MAYO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIO: HÉCTOR VARGAS BECERRA.

Fecha: 30-Sep-2022

Resultando

1. PRIMERO.—Presentación de la acción. El dieciocho de diciembre de dos mil veinte, se recibió en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el escrito que se presentó en el Buzón Judicial el día anterior, signado por María del Rosario Piedra Ibarra, en su carácter de presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a través del cual promovió acción de inconstitucionalidad en la que demandó la invalidez del artículo 287 BIS del Código Penal del Estado de San Luis Potosí,(1) que se adicionó en el Decreto 0812, que se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el diecisiete de noviembre anterior.

2. Precepto cuya emisión y promulgación atribuyó, de manera respectiva, al Congreso y al gobernador del Estado de San Luis Potosí.

3. SEGUNDO.—Artículos constitucionales y convencionales señalados como violados. La accionante alegó que se violaban los artículos 1o., 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; así como 2, 9 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.