ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 233/2020. FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 10 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIO: PABLO RAÚL GARCÍA REYES.
Fecha: 10-Feb-2023
Artículo Principio De Legalidad Y De Retroactividad
"Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello."
La Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado en relación a esta disposición al resolver, entre otros, el Caso de Fermín Ramírez Vs Guatemala, por sentencia de veinte de junio de dos mil cinco (párrafo 90), y el Caso Castillo Petruzzi y otros Vs. Perú, por sentencia de treinta de mayo de mil novecientos noventa y nueve. (párrafo 121)
- Resultando
- Normas Generales Cuya Invalidez Se Reclama
- Considerando
- De Cincuenta A Cien Días Multa
- Multa Hasta Por Doscientos Días Multa
- Artículo Bis
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo Son Facultades Exclusivas Del Senado
- Artículo Facultades De La Persona Titular De La Fiscalía General De La República
- I Los Nombres Y Firmas De Los Promoventes
- Iii La Norma General Cuya Invalidez Se Reclame Y El Medio Oficial En Que Se Hubiere Publicado
- V Los Conceptos De Invalidez
- Artículo Principio De Legalidad Y De Retroactividad
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Otros Precedentes En Los Que Se Han Retomado Algunas De Estas Consideraciones Son
- Ferreres Comella Víctor Op Cit Página
- X Prohibición De Realizar Determinados Negocios Operaciones O Actividades