ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 42/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 24 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: MONSERRAT CID CABELLO Y OMAR CRUZ CAMACHO.
Fecha: 17-Feb-2023
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76. De los artículos transcritos se advierte que contemplan cuotas por derechos de búsqueda de documentos, búsqueda de documentos existentes en archivos municipales, así como los derivados de las actuaciones de servidores públicos municipales; copias simples y certificadas de documentos, así como de la gaceta municipal; copias simples y certificadas de documentos existentes en los archivos de las oficinas municipales, así como de documentos existentes en los archivos de las oficinas municipales derivados de las actuaciones de los servidores públicos municipales.
79. En el supuesto relativo a las certificaciones, el servicio que proporciona el Estado no se limita a reproducir el documento original del que se pretende obtener una certificación o constancia, sino que implica la certificación respectiva del funcionario público autorizado y la búsqueda de datos; sin embargo, la relación entablada entre las partes no es de derecho privado, de modo que no puede existir un lucro o ganancia para el Estado, sino que debe guardar una relación razonable con el costo del servicio prestado.
80. Respecto a los cobros por búsqueda de documentos, este Pleno llega a la conclusión de que las cuotas previstas resultan abiertamente desproporcionales, pues, como se ha sostenido, las tarifas establecidas deben guardar una relación razonable con el costo del servicio y los materiales utilizados. En ese sentido, y por mayoría de razón, la búsqueda de documentos requiere de menores recursos que la certificación de documentos o la expedición de copias simples, pues es suficiente con que el funcionario encargado realice dicha búsqueda sin generar costos adicionales para el Estado.
82. Atendiendo a las consideraciones precisadas, lo procedente es declarar la invalidez de las siguientes normas:
82.1 Artículo 63, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Villa de Zaachila, Distrito de Zaachila;
82.2 Artículo 53, fracciones I y V, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santiago Ayuquililla, Distrito de Huajuapan;
82.3 Artículo 42, fracciones I y VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan Colorado, Distrito de Jamiltepec;
82.4 Artículo 12, fracción II, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Simón Zahuatlán, Distrito de Huajuapan;
82.5 Artículo 32, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santo Domingo Tomaltepec, Distrito del Centro;
82.6 Artículo 28, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa María Ozolotepec, Distrito de Miahuatlán;
82.7 Artículo 23, fracción II, de la ley de Ingresos del Municipio de Cosoltepec, Distrito de Huajuapan;
82.8 Artículo 58, fracciones I y VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Chahuites, Distrito de Juchitán;
82.9 Artículo 50, fracción XXIV, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Tapanatepec, Distrito de Juchitán;
82.10 Artículo 41, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Catarina Quiané, Distrito de Zimatlán;
82.11 Artículo 44, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Teococuilco de Marcos Pérez, Benemérito Distrito de Ixtlán de Juárez;
82.12 Artículo 28, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santiago Miltepec, Distrito de Huajuapan;
82.13 Artículo 61, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán;
82.14 Artículo 42, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cosolapa, Distrito de Tuxtepec;
82.15 Artículo 51, fracciones I y VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Chalcatongo de Hidalgo, Distrito de Tlaxiaco;
82.16 Artículo 26, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santiago Tenango, Distrito de Etla;
82.17 Artículo 55, fracciones I y V, de la Ley de Ingresos del Municipio de Ocotlán de Morelos, Distrito de Ocotlán;
82.18 Artículo 108, fracciones I y III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Lucía del Camino, Distrito del Centro;
82.19 Artículo 33, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan Quiotepec, Benemérito Distrito de Ixtlán de Juárez;
82.20 Artículo 40, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa María la Asunción, Distrito de Teotitlán;
82.21 Artículo 29, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Antonio Tepetlapa, Distrito de Jamiltepec;
82.22 Artículo 25, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Lorenzo Victoria, Distrito de Silacayoápam;
82.23 Artículo 24, fracciones I y III, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Mateo Cajonos, Distrito de Villa Alta;
82.24 Artículo 34, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Mateo Tlapiltepec, Distrito de Coixtlahuaca;
82.25 Artículo 23, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan Bautista Atatlahuaca, Distrito de Etla;
82.26 Artículo 46, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Catarina Lachatao, Benemérito Distrito de Ixtlán de Juárez;
82.27 Artículo 57, fracciones I, II y VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pablo Huixtepec, Distrito de Zimatlán;
82.28 Artículo 97, fracciones VIII, IX, X, XI, XIII y XIV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Heroica Ciudad de Huajuapan de León, Distrito de Huajuapan;
82.29 Artículo 34, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de Magdalena Zahuatlán, Distrito de Nochixtlán;
82.30 Artículo 67, fracciones I y VII, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santiago Suchilquitongo, Distrito de Etla; 82.31 Artículo 51, fracciones I y III, inciso d), de la Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla;
82.32 Artículo 100, fracciones I y XII, de la Ley de Ingresos del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán;
82.33 Artículo 19, fracción III, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa María Nduayaco, Distrito de Teposcolula,
82.34 Artículo 46, fracción I, de la Ley de Ingresos del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec; y,
82.35 Artículo 51, fracciones I y VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Catarina Juquila, Distrito de Juquila, todos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal dos mil veintidós.
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- I Competencia
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Santiago Zacatepec Distrito Mixe
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Santa María Chimalapa Distrito De Juchitán
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Juan Del Estado Distrito De Etla
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Santiago Nuyoó Distrito De Tlaxiaco
- Artículos Y De La Ley De Ingresos Del Municipio De Villa De Etla Distrito De Etla
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- Vi Cobros Por Servicio De Alumbrado Público
- C Sólo Se Pueden Crear Mediante Ley
- Sentado El Parámetro Anterior Corresponde Analizar El Contenido De Las Normas Impugnadas
- Alumbrado Público
- Reformado Po De Diciembre De
- Artículo Derogado Po De Diciembre De Republicado Po De Diciembre De
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Juan Colorado Distrito De Jamiltepec
- Artículos Y De La Ley De Ingresos Del Municipio De Chahuites Distrito De Juchitán
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Ocotlán De Morelos Distrito De Ocotlán
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Mateo Cajonos Distrito De Villa Alta
- Vi Cobros Por La Búsqueda De Información Expedición De Copias Simples Y Certificadas
- Los Argumentos Planteados Son Fundados
- Sentado El Parámetro Anterior Se Procede A Analizar El Contenido De Los Artículos Impugnados
- Vii Efectos
- I De La Ley De Ingresos Del Municipio De Santiago Zacatepec Distrito Mixe
- V De La Ley De Ingresos Del Municipio De Mártires De Tacubaya Distrito De Jamiltepec
- Ix De La Ley De Ingresos Del Municipio De Santa María Chimalapa Distrito De Juchitán
- Xiv De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Juan Del Estado Distrito De Etla
- Xix Y De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Francisco Cajonos Distrito De Villa Alta
- Xxvii De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Juan Cieneguilla Distrito De Silacayoápam
- Xxx Y De La Ley De Ingresos Del Municipio De Villa De Etla Distrito De Etla
- Xli Fracción I De La Ley De Ingresos Del Municipio De Cosolapa Distrito De Tuxtepec
- Iii De La Ley De Ingresos Del Municipio De San Juan Colorado Distrito De Jamiltepec Y
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- A Energía Eléctrica
- B Alumbrado Público
- C Los Ingresos Derivados De La Prestación De Servicios Públicos A Su Cargo
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos
- Tal Es El Caso De La Ley De Ingresos Del Municipio De Santa Lucía Del Campo
- Fojas A Y Del Engrose