SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE JURISPRUDENCIA 2/2011. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fecha: 10-Dic-2010
Artículo
"Las Salas de la Suprema Corte de Justicia y los Ministros que las integren y los Tribunales Colegiados de Circuito y los Magistrados que los integren, con motivo de un caso concreto podrán pedir al Pleno de la Suprema Corte o a la Sala correspondiente que modifique la jurisprudencia que tuviesen establecida, expresando las razones que justifiquen la modificación; el procurador general de la República, por sí o por conducto del agente que al efecto designe, podrá, si lo estima pertinente, exponer su parecer dentro del plazo de treinta días. El Pleno o la Sala correspondiente resolverán si modifican la jurisprudencia, sin que su resolución afecte las situaciones jurídicas concretas derivadas de los juicios en los cuales se hubiesen dictado las sentencias que integraron la tesis jurisprudencial modificada. Esta resolución deberá ordenar su publicación y remisión en los términos previstos por el artículo 195."
Como puede advertirse, el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pueden modificar una jurisprudencia, si se presentan los supuestos siguientes:
1. Exista petición de parte legítima, a saber: a) Las Salas de la Suprema Corte; b) Los Ministros que las integren; c) Los Tribunales Colegiados de Circuito; y, d) Los Magistrados que los conformen;
2. Previamente a la solicitud, se haya resuelto el caso concreto que la origina, en el que se haya aplicado la jurisprudencia respectiva; y,
- Secretario Alfredo Villeda Ayala
- Resultando
- Segundo En El Escrito De Referencia Se Expresaron Los Siguientes Argumentos
- Las Conclusiones Que Se Advierten En Dicho Fallo Y Que Al Caso Importan Son
- Da
- Considerando
- Artículo
- Se Expresen Los Razonamientos Legales En Que Se Apoye La Pretensión De Modificación
- El Criterio Jurisprudencial Contenido En La Jurisprudencia Aj Es Del Tenor Siguiente
- En La Parte Conducente Se Determinó Lo Siguiente
- La Ejecutoria Que Originó Dicha Jurisprudencia En Su Parte Conducente Determinó Lo Siguiente
- De Lo Anteriormente Relacionado Se Obtiene Que Esta Segunda Sala Ha Sustentado Lo Siguiente
- Adicionado Dof De Diciembre De
- Terceroháganse Las Anotaciones Respectivas Y Dése Publicidad
- Este Asunto Fue Resuelto Por Unanimidad De Cinco Votos