Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 327/2005. ELIZABETH DE LA LUZ BARRÓN CANO.
Fecha: 01-Ene-1917
Artículo Procede El Recurso De Revisión
"V. Contra las resoluciones que en materia de amparo directo pronuncien los Tribunales Colegiados de Circuito, cuando decidan sobre la constitucionalidad de leyes federales o locales, tratados internacionales, reglamentos expedidos por el presidente de la República de acuerdo con la fracción I del artículo 89 constitucional y reglamentos de leyes locales expedidos por los gobernadores de los Estados, o cuando establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución."
- Considerando
- Terceroen Sus Agravios En Síntesis Aduce La Parte Recurrente
- Dichos Preceptos Textualmente Establecen
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- Página
- Quintoen Relación Con La Revisión Adhesiva Del Tercero Perjudicado Debe Decirse Lo Siguiente
- Primeroen La Materia De Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida