AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1121/2004. ALMACENADORA GÓMEZ, S.A. DE C.V.
Fecha: 20-Jul-1992
Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
SEGUNDO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a Almacenadora Gómez, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra la sentencia de dieciocho de noviembre de dos mil tres, emitida por la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el expediente fiscal 13191/01-17-07-3.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Genaro David Góngora Pimentel, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Juan Díaz Romero. Ausente la señora Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, por atender comisión oficial, e hizo suyo el asunto el señor Ministro Juan Díaz Romero.
- Considerando
- La Autoridad Inconforme Adujo En Síntesis Los Siguientes Conceptos De Agravio
- Una Vez Determinado Lo Anterior Cabe Hacer Algunas Precisiones
- E Que El Monto De Ésta Se Encuentre Dentro De Los Parámetros Y Montos Fijados En La Ley Y
- El Artículo Fracción Ii Del Código Fiscal De La Federación Establece Lo Siguiente
- Ii Del Al De Las Contribuciones Omitidas Actualizadas En Los Demás Casos
- B Se Propasa Va Más Adelante De Lo Lícito Y Lo Razonable
- Artículo
- Por Otra Parte El Primer Párrafo Del Artículo O Del Código Fiscal De La Federación Ordena
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida