AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1338/2014. 27 DE AGOSTO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. PONENTE: ALBERTO
Fecha: 05-Dic-2014
Artículo La Dirección De Asuntos Jurídicos Ejercerá Las Siguientes Atribuciones
"...
"III. Ejercer la representación legal del Organismo, así como la de su titular y la de los demás servidores públicos adscritos al mismo;
"...
"XI. Intervenir en la defensa legal de los intereses de la Federación en materia de procedimientos, instancias administrativas, juicios y cualquier otro trámite en que deba participar o intervenir el director general del organismo o los titulares de las unidades administrativas adscritas a éste; dar seguimiento al cumplimiento de las resoluciones, recomendaciones o sentencias que se dicten en los mismos, salvo en los casos a que se refiere el artículo 13, fracción III, inciso a), del presente ordenamiento;
"XII. Elaborar y proponer los informes previos y justificados en juicios de amparo en los que sean señalados como autoridades responsables los servidores públicos de los organismos, intervenir cuando éste tenga el carácter de tercero perjudicado, y formular las promociones, incidentes y medios de defensa procedentes en dicho juicio;
"XIII. Suplir en sus ausencias, a los servidores públicos del organismo, en los juicios de amparo en los que sean señalados como autoridades responsables, en lo concerniente, a los informes previos, con justificación, recursos y cualquier otra actuación que dichas autoridades deban realizar conforme a la ley de la materia;
"...
"XVI. Defender, rendir informes, ofrecer, objetar y desahogar todo tipo de pruebas, absolver posiciones, comparecer a diligencias, desahogar requerimientos, promover incidentes, interponer todo tipo de recursos, incluso el juicio de amparo, formular alegatos, dar seguimiento al cumplimiento de las ejecutorias, y realizar en general, todas las promociones que se requieran en juicios de nulidad, civiles, mercantiles, agrarios, administrativos, contencioso administrativos, laborales, procesos penales, y en cualquier otro procedimiento, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables; ..."
3. Consultable en la página 1326, Libro XIII, Tomo 3, octubre de 2012, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época.
4. Consultable en la página 722, Tomo XXVII, junio de 2008, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época.
5. Consultable en la página 719, Tomo XXVII, junio de 2008, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época.
6. Consultable en la página 1473, Libro XIX, Tomo 2, abril de 2013, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época.
7. Visible en la página 804, Libro 6, Tomo II, mayo de 2014, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época.
- Considerando
- Que En La Sentencia Recurrida
- B Se Omita Decidir Sobre Tales Aspectos Cuando Hubiesen Sido Planteados En La Demanda De Amparo
- En Ese Orden Concedió El Amparo Y La Protección De La Justicia Federal Para Los Efectos Siguientes
- Artículo
- Ilustra Lo Anterior La Jurisprudencia Aj A Que A La Letra Señala
- V Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada Y Además
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Artículo La Dirección De Asuntos Jurídicos Ejercerá Las Siguientes Atribuciones
- Exposición De Motivos Antes Referida
- Artículo La Responsabilidad Civil Del Operador Por Daños Nucleares Es Objetiva
- B Podrá Convenirse Su Pago En Especie
- I En El Caso De Daños Personales