Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2896/2012. 14 DE NOVIEMBRE DE 2012. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, Q
Fecha: 20-Jun-2014
Único Se Desecha El Recurso De Revisión A Que Este Toca Se Refiere
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al Tribunal Colegiado de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales y presidente Sergio A. Valls Hernández.
- Considerando
- Derecho Humano De Acceso A La Justicia
- Derecho Humano A La No Discriminación
- Derecho Humano De Igualdad
- Una Razón Objetiva Que Ocasione Un Trato Diferenciado Constitucional O Convencional
- La Presentación Oportuna Del Recurso
- Cobra Aplicación En El Caso La Siguiente Tesis
- Es Aplicable La Jurisprudencia Aj De Esta Segunda Sala De Contenido Siguiente
- Único Se Desecha El Recurso De Revisión A Que Este Toca Se Refiere
- El Ministro Presidente Sergio A Valls Hernández Votó Con Reservas