AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 197/2016. 8 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. AUSENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍ
Fecha: 18-Nov-2016
Código De Comercio Artículos Bis Y Bis
10. Novena Época. Primera Sala. Registro digital: 161077. Jurisprudencia 1a./J. 91/2011, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 546.
11. Novena Época. Primera Sala. Registro digital: 178665. Jurisprudencia 1a./J. 25/2005, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, abril de 2005, página 576.
12. Código de Comercio: "Artículo 1127. Todas las excepciones procesales que tenga el demandado debe hacerlas valer al contestar la demanda, y en ningún caso suspenderán el procedimiento. Si se declara procedente la litispendencia el efecto será sobreseer en segundo juicio. Salvo disposición en contrario si se declara procedente la conexidad, su efecto será la acumulación de autos para evitar se divida la continencia de la causa con el fin de que se resuelvan los juicios en una sola sentencia.
"Cuando se declare la improcedencia de la vía, su efecto será el de continuar el procedimiento para el trámite del juicio en la vía que se considere procedente declarando la validez de lo actuado, con la obligación del Juez para regularizar el procedimiento de acuerdo a la vía que se declare procedente."
13. Novena Época. Pleno. Registro digital: 188804. Jurisprudencia P./J. 113/2001, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIV, septiembre de 2001, página 5.
14. Novena Época. Primera Sala. Registro digital: 172759. Jurisprudencia 1a./J. 42/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXV, abril de 2007, página 124.
- Considerando
- I Conceptos De Violación
- Ii Consideraciones Del Tercer Tribunal Colegiado Del Vigésimo Séptimo Circuito
- Iii Agravios Hechos Valer En Revisión
- El Que Corresponda De Acuerdo A Este Código A La Legislación Mercantil Y Civil Aplicable
- Sirve De Ejemplo La Siguiente Jurisprudencia
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Notifíquese
- Foja Del Cuaderno De Amparo Directo
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