AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2004/2016. 21 DE SEPTIEMBRE DE 2016. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN. DISIDENTE: MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
Fecha: 11-Nov-2016
Tercerose Desecha La Revisión Adhesiva
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al tribunal de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas (ponente) y presidente Alberto Pérez Dayán. La Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos emitió su voto en contra.
En términos de lo dispuesto en los artículos 3, fracción XXI, 73, fracción II, 111, 113, 116, octavo y duodécimo transitorios de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en el segundo párrafo de artículo 9 del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se testa la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: Las tesis de jurisprudencia y aislada P./J. 1/96, P. XXV/98, 2a./J. 101/2011 y 2a./J. 128/2015 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos III, febrero de 1996, página 52, VII, abril de 1998, página 122 y XXXIV, julio de 2011, página 692, así como en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 25 de septiembre de 2015 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 22, Tomo I, septiembre de 2015, página 344, respectivamente.
- Considerando
- Tercerorevisión Adhesiva El Recurso De Revisión Adhesiva Resulta Improcedente
- Semanario Judicial De La Federación Del Viernes Del De Mayo De A Las Horas
- Semanario Judicial De La Federación Del Viernes De Mayo De A Las Horas
- Iv La Reorganización Del Sistema Educativo
- I Alegó La Falta De Fundamentación Y Motivación Del Laudo Recurrido
- En Ese Tenor El Artículo Fracción Vi De La Constitución Federal Establece
- Las Consideraciones Principales De Las Resoluciones Referidas Son Las Siguientes
- Aquellas Que Sean Administradas En Forma Directa O Descentralizada Por El Gobierno Federal
- A Los Municipios Manejarán Su Patrimonio Conforme A La Ley
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- B Entre Los Poderes De La Unión El Gobierno Del Distrito Federal Y Sus Trabajadores
- Hasta Aquí Las Consideraciones Del Amparo Directo En Revisión
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
- Tercerose Desecha La Revisión Adhesiva
- Artículo O En El Juicio De Amparo Las Promociones Deberán Hacerse Por Escrito