ACCESO A LA JUSTICIA EN CONDICIONES DE IGUALDAD. ELEMENTOS PARA JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCESO A LA JUSTICIA EN CONDICIONES DE IGUALDAD. ELEMENTOS PARA JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.

Fecha: 15-Abr-2016

Iv Oportunidad

18. El recurso de revisión planteado por la parte quejosa fue interpuesto en tiempo y forma, pues la sentencia se notificó a las partes por medio de lista el diecinueve de febrero de dos mil quince; surtió efectos al día hábil siguiente (veinte de febrero), por lo que el plazo de diez días que el artículo 86 de la Ley de Amparo concede para interponer el recurso de revisión, corrió del lunes veintitrés de febrero al viernes seis de marzo de dos mil quince, con exclusión del cómputo de los días veintiocho de febrero y primero de marzo, por corresponder a sábado y domingo y ser inhábiles, en términos de los artículos 23 de la Ley de Amparo y 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

19. Por lo tanto, si el recurso de revisión fue presentado el cinco de marzo del dos mil quince en el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, resulta indudable que se interpuso oportunamente.