AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7098/2019. 20 DE OCTUBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIO: FERNANDO SOSA PASTRANA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7098/2019. 20 DE OCTUBRE DE 2021. PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIO: FERNANDO SOSA PASTRANA.

Fecha: 13-May-2022

Primeroen La Materia De La Revisión Se Revoca La Sentencia Recurrida

SEGUNDO.—Devuélvanse los autos al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito para los efectos precisados en esta resolución.

Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, vuelvan los autos al Tribunal de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de la señora Ministra Norma Lucía Piña Hernández quien está con el sentido, pero se aparta de los párrafos sesenta y siete, sesenta y ocho, setenta y ocho, ochenta y nueve, noventa y dos, noventa y ocho y cien; de los señores Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente), Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; y de la Ministra presidenta Ana Margarita Ríos Farjat.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de la señora Ministra Norma Lucía Piña Hernández quien está con el sentido, pero se aparta de los párrafos sesenta y siete, sesenta y ocho, setenta y ocho, ochenta y nueve, noventa y dos, noventa y ocho y cien; de los señores Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente), Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; y de la Ministra presidenta Ana Margarita Ríos Farjat.

En términos de lo previsto en los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como en el Acuerdo General 11/2017, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicado el dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete en el Diario Oficial de la Federación, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.

Nota: Las tesis aisladas y de jurisprudencia 1a. CCCLIII/2014 (10a.), 1a. XCI/2015 (10a.), 1a./J. 22/2016 (10a.), 1a./J. 40/2016 (10a.), 1a./J. 35/2016 (10a.), 1a. XXVII/2017 (10a.) y 1a./J. 32/2017 (10a.) citadas en esta sentencia, también aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 24 de octubre de 2014 a las 9:35 horas, 27 de febrero de 2015 a las 9:30 horas, 15 de abril de 2016 a las 10:30 horas, 9 de septiembre de 2016 a las 10:18 horas, 26 de agosto de 2016 a las 10:34 horas, 10 de marzo de 2017 a las 10:13 horas y 21 de abril de 2017 a las 10:25 horas, respectivamente.