ÍNDICE TEMÁTICO
TEMA: Constitucionalidad del artículo 176 de la Ley de Amparo, al tenor de la interpretación que le dio el tribunal colegiado de circuito (error en la vía al presentar la demanda de amparo como indirecto y no como directo).
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4548/2023
quejosO Y RECURRENTE: MANUEL FELIPE ORDÓÑEZ GALÁN
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN
COTEJÓ
SECRETARIA: IVETH LÓPEZ VERGARA
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se falla el amparo directo en revisión 4548/2023, interpuesto por Manuel Felipe Ordóñez Galán, en contra de la resolución de treinta de mayo de dos mil veintitrés dictada en el juicio de amparo 833/2022 del índice del Decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
El problema que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver consiste en analizar la constitucionalidad del artículo 176 de la Ley de Amparo, al tenor de la interpretación que le dio el citado tribunal colegiado de circuito (presentación de la demanda ante autoridad diversa a la responsable por error en el tipo de juicio de amparo que procede contra la resolución que desechó la demanda de nulidad).
- Encabezado
- ÍNDICE TEMÁTICO
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE
- I. COMPETENCIA
- II. OPORTUNIDAD
- III. LEGITIMACIÓN
- IV. ELEMENTOS QUE INTEGRAN LA LITIS EN EL RECURSO
- V. PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISIÓN
- VI. ESTUDIO DE FONDO
- REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. LA APLICACIÓN DE UNA LEY PUEDE ANALIZARSE EN ESE RECURSO CUANDO EXISTAN ELEMENTOS PARA CONSIDERAR QUE LA INTERPRETACIÓN QUE LLEVÓ A AQUÉLLA ES INCONSTITUCIONAL.
- VII. DECISIÓN
