AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 782/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 782/2024

Fecha: 02-Jul-2025

III. OPORTUNIDAD

  1. La sentencia del tribunal colegiado le fue notificada a la parte quejosa el jueves veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés y surtió sus efectos el día siguiente, esto es, el viernes veinticuatro de noviembre del año en cita. Por tanto, el plazo de diez días, establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión, transcurrió del lunes veintisiete de noviembre al viernes ocho de diciembre de dos mil veintitrés, descontándose los días veinticinco y veintiséis de noviembre, así como dos y tres de diciembre de dos mil veintitrés, por ser días inhábiles de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo.
  2. En consecuencia, si el escrito de recurso de revisión se presentó el viernes primero de diciembre de dos mil veintitrés en las oficinas del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, resulta oportuno.