AMPARO DIRECTO 115/2009. **********
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 115/2009. **********

Fecha: 01-Ene-1917

A La Segunda Que Sí

Con las que se demostró el segundo elemento de la acción que se refiere a la posesión del inmueble materia de la litis por parte de dichos codemandados, lo que además se corroboró con las diligencias de emplazamiento de ambos, que se llevaron a cabo en ese mismo inmueble.

Y por lo que se refiere al tercer elemento, relativo a la identidad del inmueble en disputa, se demuestra con la propia demanda, en la que al relatar su ubicación, medidas y colindancias, se advierte que la dirección anotada coincide con el domicilio en el que se realizó el emplazamiento respectivo.

Por tanto, y aun cuando con las pruebas a que se hizo alusión se demostraron los elementos de la acción reivindicatoria alegada, también debe establecerse que respecto de las probanzas que ofrecieron los codemandados, consistentes en confesional a cargo de las actoras y testimonial a cargo de los terceros llamados a juicio, no le beneficiaron para justificar los extremos de principal excepción, formulada en el sentido de que ocupaban el inmueble en con motivo de los contratos de comodato antes analizados.

En efecto, respecto de la confesional a cargo de la actora, no le benefició su resultado pues aun cuando a ********** se le tuvo por confesa fíctamente de las siguientes posiciones: