A La Segunda Que Sí
Con las que se demostró el segundo elemento de la acción que se refiere a la posesión del inmueble materia de la litis por parte de dichos codemandados, lo que además se corroboró con las diligencias de emplazamiento de ambos, que se llevaron a cabo en ese mismo inmueble.
Y por lo que se refiere al tercer elemento, relativo a la identidad del inmueble en disputa, se demuestra con la propia demanda, en la que al relatar su ubicación, medidas y colindancias, se advierte que la dirección anotada coincide con el domicilio en el que se realizó el emplazamiento respectivo.
Por tanto, y aun cuando con las pruebas a que se hizo alusión se demostraron los elementos de la acción reivindicatoria alegada, también debe establecerse que respecto de las probanzas que ofrecieron los codemandados, consistentes en confesional a cargo de las actoras y testimonial a cargo de los terceros llamados a juicio, no le beneficiaron para justificar los extremos de principal excepción, formulada en el sentido de que ocupaban el inmueble en con motivo de los contratos de comodato antes analizados.
En efecto, respecto de la confesional a cargo de la actora, no le benefició su resultado pues aun cuando a ********** se le tuvo por confesa fíctamente de las siguientes posiciones:
- Considerando
- D Pago De Gastos Y Costas
- B Pago De Daños Y Perjuicios Que Ocasione El Juicio
- Se Absolvió Del Pago De Costas
- También Lo Es Que En El Hecho Número Dos De Su Demanda Señalaron
- Excepciones Y Defensas
- C La Identidad De La Misma
- Iv Cuando La Negativa Fuere Elemento Constitutivo De La Acción
- En Este Orden De Ideas La Figura Procesal En Comento Se Integra De La Siguiente Manera
- D La Negativa Fuera Un Elemento Constitutivo De La Acción
- Documental Pública Consistente En
- Documental Pública Consistente En Acta De Defunción De De
- Instrumental Sic En Su Doble Aspecto Legal Y Humano
- Confesional A Cargo Del Codemandado
- A La Segunda Que Sí
- Que Usted Sabe Que La C Contrajo Matrimonio Civil Con
- Que Usted Sabe Que Existen Diversos Herederos A Bienes De La Sucesión Del Señor
- Que Usted Sabe Que No Existe División Alguna Del Inmueble Materia De Este Juicio
- Que Usted Tiene Su Residencia Permanente En Los Desde Hace Más De
- A La Tercera Que Sí
- A La Décima Séptima Que Sí Aclarando Que Son Siete
- A La Décima Octava Que Sí Aclarando Que Cinco Personas Más
- A La Vigésima Primera Que No
- A La Vigésima Segunda Que Sí Aclarando Que Cinco Más
- A La Vigésima Tercera Que No Aclarando Que No Sabe De Eso
- A La Vigésima Séptima Que No Aclarando Que No Está Enterada Hasta Este Momento
- A La Vigésima Octava Que No Aclarando Que No Que Ni Enterada Estaba
- A La Vigésima Novena Que No
- A La Trigésima Que Sí
- Que Usted Tiene Su Residencia Permanente En El Estado De
- A La Trigésima Cuarta Que Sí Aclarando Que Es Desde Hace Aproximadamente
- A La Trigésima Sexta Que Sí Aclarando Que Se Ha Presentado Pero No Le Permiten El Paso
- A La Trigésima Séptima Que No
- A La Trigésima Octava Que Sí
- A La Cuadragésima Quinta Que Sí Aclarando Que Cinco Más
