Artículo En La Aplicación De Las Sanciones Penales Se Tendrá En Cuenta
"...
"2o. La edad, la educación, la ilustración, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, los motivos que lo impulsaron o determinaron a delinquir y sus condiciones económicas."
Empero, dicho numeral fue reformado por el artículo primero del decreto publicado en el Diario Oficial de diez de enero de mil novecientos noventa y cuatro, entrando en vigor el primero de febrero de ese mismo año, para quedar como sigue:
"Artículo 52. El Juez fijará las penas y medidas de seguridad que estime justas y procedentes dentro de los límites señalados para cada delito, con base en la gravedad del ilícito y el grado de culpabilidad del agente, teniendo en cuenta:
- Considerando
- Artículo En La Aplicación De Las Sanciones Penales Se Tendrá En Cuenta
- Ii La Naturaleza De La Acción U Omisión Y De Los Medios Empleados Para Ejecutarla
- Iii Las Circunstancias De Tiempo Lugar Modo U Ocasión Del Hecho Realizado
- Vi El Comportamiento Posterior Del Acusado Con Relación Al Delito Cometido Y
- Ahora Bien El Artículo Del Nuevo Código Penal Para El Distrito Federal Es Del Tenor Siguiente
- Iii Las Circunstancias De Tiempo Lugar Modo Y Ocasión Del Hecho Realizado
- I Que La Duración De La Pena Impuesta No Exceda De Cinco Años De Prisión
- Al Respecto Resultan Ilustrativas Las Siguientes Tesis
- Vi Por Sentencia Ejecutoria Que Imponga Como Pena Esa Suspensión
- E Repita La Negativa De Los Sustitutivos De Prisión
