AMPARO DIRECTO 3593/99. DISTRIBUIDORA DE ACERO Y FIERRO DEL CENTRO, S.A. DE C.V.
Fecha: 07-Nov-1997
México Distrito Federal A Treinta De Noviembre Del Año Dos Mil
VISTOS, para resolver los autos del juicio de amparo directo número DC. 3593/99, promovido por Distribuidora de Acero y Fierro del Centro, S.A. de C.V., por conducto de su apoderado Francisco Xavier Cortina Cortina, contra los actos que reclama de la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, consistentes en la sentencia definitiva pronunciada el veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve, dentro de los tocas números 6527/98 y 6528/98, formados con motivo de los recursos de apelación interpuestos en contra de la sentencia dictada el cinco de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, por la Juez Vigésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal, en el juicio ejecutivo mercantil número 1391/96, seguido por el quejoso en contra de Distribuidora de Acero y Fierro del Centro, S.A. de C.V., y otros; y como violaciones procesales las resoluciones dictadas en los tocas números 3830/97, 3831/97, 3832/97 y 6526/98; actos que estima violatorios en su perjuicio de las garantías individuales consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales; y,
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- Resultando
- Fundó Su Demanda En Los Hechos Y Preceptos Legales Que Consideró Pertinentes
- Considerando
- Es Así Toda Vez Que No Se Trata De Sentencias Definitivas Ni Resoluciones Que Ponen Fin Al Juicio
- Dicho Concepto De Violación Es Inoperante
- Esas Consideraciones Son Legales
- Los Artículos Y Del Código De Comercio Prevén
- El Quinto Concepto De Violación Es Inoperante
- El Sexto Concepto De Violación Es Inoperante