Toda Persona Tiene Derecho A Un Medio Ambiente Adecuado Para Su Desarrollo Y Bienestar
"Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
"Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
"Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.
"El Estado otorgará facilidades a los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez."
Los párrafos que se refieren a las cuestiones de la familia y a sus integrantes son el segundo, tercero, sexto y séptimo; cabe hacer mención a la exposición de motivos relacionados con tales párrafos.
a) Respecto de los párrafos segundo y tercero, cuya reforma se realizó el treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, se señala, en lo que interesa, lo siguiente:
"... Para superar estos contrastes, es necesario que en el elevado plano constitucional, quede asentada claramente, al lado de otros grandes principios rectores de la vida social, la igualdad entre hombres y mujeres. Tal es el objetivo de esta iniciativa de reformas, inscritas en el contexto de propósitos y programas en los que el gobierno de la República trabaja con entusiasmo y convicción recogiendo planteamientos populares. De esta manera se ratifica la capacidad del sistema constitucional mexicano para acelerar el ritmo del progreso y promover grandes transformaciones sociales.
"...
"Precisamente esta iniciativa enriquece la ideología libertaria y de solidaridad social de nuestra Constitución, ordenando la igualdad jurídica entre los sexos y enmarcándola entre los derechos a la educación y al trabajo; consagra la plena, indiscutible e impostergable igualdad de los varones y mujeres ante la ley, hace explícita una decisión de humanismo y solidaridad y recoge una demanda precisa e inequívoca de las mujeres. La elevación a norma constitucional de la iniciativa presentada, servirá de pauta para modificar leyes secundarias federales y locales, que incluyan para las mujeres modos sutiles de discriminación, congruentes con las condiciones de desigualdad que estas sufren en la vida familiar y colectiva. De ahí que el Gobierno de la República esté empeñado en elevar la calidad de vida de sus hombres y mujeres de igual manera y formar en la conciencia de cada mexicano el sentido pleno de su responsabilidad histórica frente a la existencia cotidiana. En ello las mujeres deben ser factor determinante, para alcanzar junto con los varones la máxima capacidad para la aplicación de su inteligencia y la previsión racional del porvenir.
"...
"Asimismo, el razonado anhelo de establecer la igualdad entre el hombre y la mujer se reafirmó en ocasión de la Conferencia Mundial de Población, celebrada en la ciudad de Bucarest, Rumania, en agosto último, a la que México concurrió y en cuyo foro expuso su nueva política demográfica, transmitiendo a la comunidad de las naciones ahí reunidas un mensaje de solidaridad, de fe en el porvenir, y en la reafirmación de nuestra indeclinable soberanía para adoptar decisiones pertinentes, humanistas e informadas en materia poblacional, entre las que se encuentra la cabal valoración del papel de las mujeres en el desenvolvimiento colectivo.
"Para elevar el nivel del desarrollo en los más diversos órdenes, simultáneamente a la igualdad de hombres y mujeres, la iniciativa para incorporar a la Constitución un nuevo artículo cuarto ordena a la ley proteger la organización y el desarrollo familiar. Es en el seno de la familia donde se conservan con más pureza las formas de convivencia que dan a la sociedad mexicana su carácter singular y donde se generan las más limpias y auténticas aspiraciones y transformaciones. No es aventurado afirmar que la familia mexicana suscribe diariamente el plebiscito de la nación, que su preservación es garantía de permanencia social y de legítimo cambio.
"Entonces, al definirnos como una nación revolucionaria tenemos que proponer las bases para que en el seno de cada familia se opere substancialmente la revolución de las conciencias, de las actitudes y de las acciones.
"En forma consecuente con la política demográfica libremente adoptada por la nación mexicana, humanista y racional, el segundo párrafo del artículo cuarto, que se propone entiende el derecho a la procreación como una garantía personal de raigambre solidaria, tal como lo asienta la declaración de la Organización de las Naciones Unidas suscrita en Teherán en mil novecientos sesenta y ocho; este derecho fundamental implica libertad, responsabilidad e información compartidas entre hombres y mujeres. La procreación libre apareja un derecho a la información y un compromiso de solidaridad.
"...
"Poner en el vértice de los anhelos nacionales el bienestar de la población, hacer de ésta el centro rector de los programas de desarrollo, acentuar los aspectos cualitativos de la política demográfica y promover la planeación familiar como un moderno derecho humano para decidir libre, informada y responsablemente la estructura de la célula básica social, son los factores medulares que han orientado la tarea demográfica del país, y que ahora inspiran la reforma constitucional que se consulta.
"Con el nuevo artículo cuarto, se trata de fortalecer la construcción de una sociedad justa formada por hombres y mujeres solidarios; lograr un sistema de vida en condiciones abiertas y desprovisto de determinismo y sujeciones aberrantes."
b) Asimismo, en relación con el párrafo sexto, cuya reforma se realizó el siete de febrero de mil novecientos ochenta y tres se señala, en lo conducente, lo siguiente:
"... En el caso de la elevación del nivel de vida del pueblo, no hemos alcanzado siquiera la satisfacción de las necesidades mínimas elementales. Elevados porcentajes de compatriotas sufren de subalimentación, carecen de servicios médicos y asistenciales y no tienen acceso a una vivienda decorosa.
"Este problema en particular, el de la vivienda popular, ha sido motivo de luchas concretas emprendidas por los trabajadores y otras amplias capas sociales. Las acciones del poder público frente a esa urgente necesidad del pueblo han carecido de continuidad. Igual que en otros campos, algunos gobiernos han mostrado mayor sensibilidad que otros; se realizan avances y luego hay estancamientos; medidas positivas son abandonadas; el camino se desvía y nuevamente se retoma.
"Una ligera mirada retrospectiva a las medidas jurídicas y actos administrativos que se han dado en este campo, nos permiten recordar que la Constitución 1917 plasmó, en la fracción XII del artículo 123, la obligación para los patrones de proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas a renta baja, lo que constituyó la primera acción jurídica en la materia. ...
"El balance de todos estos esfuerzos, no siempre congruentes entre ellos, ni adecuadamente continuados, arroja este resultado: En total, las diversas dependencias públicas creadas para resolver el problema de habitación popular construyeron en más de medio siglo, desde 1925 hasta 1978, 598,542 viviendas. Las necesidades sin embargo, son mucho mayores. Las estimaciones más benignas sobre el déficit de vivienda popular lo fijan en la actualidad un millón de unidades, pero otras estimaciones lo elevan a más de 7 millones. Uno u otro cálculo, aun el menor, muestra la necesidad de multiplicar el esfuerzo de manera substancial.
"...
"Estimamos que no puede postergarse el momento de elevar a rango constitucional el derecho de los mexicanos a disfrutar de vivienda digna y decorosa, el que debe ser garantizado por el Estado."
c) Por lo que hace al párrafo séptimo, cuya reforma se realizó el siete de abril de dos mil, se señala, en lo que interesa, lo siguiente:
"... El Senado de la República debe considerar de la mayor prioridad la revisión del marco jurídico de atención a niños y jóvenes, con el sentido práctico y realista conforme a la condición de los menores, es decir, sin papeleo ni burocracias, que envuelven de trámites engorrosos y muchas veces lentos y hacen inalcanzable el apoyo que debe brindárseles.
"La importancia de los menores y jóvenes para el futuro inmediato de la República es más que evidente. México será mañana lo que hoy hagamos por los niños y jóvenes. No podemos siquiera pensar en su desarrollo y progreso, si no atendemos cuando menos sus necesidades básicas. No se trata de populismo, sino se debe entender que a la parte débil de la sociedad tienen que atenderla, principalmente el Estado que la representa.
"...
"... Nunca pudimos atender con una visión global las grandes dificultades que afectan a los niños y jóvenes que sólo por excepción pudieron incorporarse cabalmente al desarrollo nacional.
"...
"... Para precisar en la Constitución que se suprima la ambigüedad que hoy tiene y esta obligatoriedad de la sociedad de los padres de familia, de los particulares y del gobierno se convirtiera en una necesidad imperiosa. Es un deber solidario con los demás débiles, con los más indefensos de entre los pobres que debe cumplirse. Confío en que el Congreso de la Unión y en su momento, el ejecutivo promulgue y que no quede solamente en buenas intenciones, pues es indudable que en esta reforma está de por medio el futuro de la nación."
- Considerando
- Artículo O Derogado Párrafo Primero
- Toda Persona Tiene Derecho A Un Medio Ambiente Adecuado Para Su Desarrollo Y Bienestar
- Ahora Bien El Artículo Del Código Civil Del Estado De Tlaxcala Menciona
- El Derecho De La Familia A Disfrutar De Una Vivienda Digna Y Decorosa
- La Quejosa En Su Demanda De Garantías Sostiene Lo Siguiente
- En Otra Parte De Sus Conceptos De Violación La Quejosa Menciona Que
- En Sus Conceptos De Violación La Quejosa Expone Lo Siguiente
- En Los Hechos De Su Demanda La Actora Señaló Lo Siguiente
