Notifíquese
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, integrado por los Magistrados Guillermo Esparza Alfaro, Daniel Cabello González y José Luis Torres Lagunas, siendo ponente el primero de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Por Ende Como Quedó Apuntado Es Inatendible El Primer Concepto De Violación Esgrimido
- Este Razonamiento Es Infundado Por Las Razones Que A Continuación Se Exponen
- Que Usted En Ningún Momento Sufrió Accidente De Trabajo El Día De Octubre De
- Que Usted Reconoce Que Sus Reclamaciones En El Presente Juicio No Son Procedentes
- Nunca En Ningún Tiempo Ninguna Vez Nunca Jamás Loc Adv Nunca Con Sentido Enfático
- Las Posiciones De Mérito Dicen En Forma Textual
- Este Agravio Es Fundado Pero Inoperante
- Estos Razonamientos Resultan Inoperantes En Atención A Lo Siguiente
- Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese
