AMPARO DIRECTO 16633/2006. ADRIANA LETICIA ESTRADA MARTÍNEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 16633/2006. ADRIANA LETICIA ESTRADA MARTÍNEZ.

Fecha: 14-Oct-2003

Apoyándose Lo Anterior Con La Siguiente Tesis Jurisprudencial

"Falta de probidad u honradez. Entendiéndose la falta de probidad u honradez como el no proceder rectamente en las funciones encomendadas con mengua de rectitud de ánimo o sea, en apartarse de las obligaciones que se tienen a cargo procediendo en contra de las mismas, dejando de hacer lo que se tiene encomendado, o haciéndolo en contra; debe estimarse que no es necesario para que se integre la falta de probidad u honradez que exista un daño patrimonial o un lucro indebido, sino sólo que se observe una conducta ajena a un recto proceder (Art. 47-II L.F.T.). Ejecutoria: Boletín Núm. 27, marzo de 1976, 4a. Sala, pp. 43 y 44. D. 4009/75. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de feb. de 1976. U.

"Lo anterior se ve reforzado con las pruebas aportadas y acuses de los oficios citatorios anexados al acta administrativa de referencia, por la Dirección de la Jurisdicción Sanitaria Iztacalco, de la que depende el Centro de Salud Campamento ‘2 de Octubre’, lugar de adscripción de la C. ADRIANA LETICIA ESTRADA MARTÍNEZ, tales como el oficio de fecha 13 de octubre de 2003, en el que se hizo del conocimiento de la Coordinación de Asuntos Jurídicos las imputaciones que se le hacen a la trabajadora de que se trata.