Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 720/2005. ABEL MORALES ALBARRAZ.
Fecha: 14-Sep-2003
Considerando
IV. Por cuestión de orden se analiza el concepto de violación segundo en el que el quejoso refiere que la autoridad responsable incorrectamente admitió la prueba de inspección ocular que ofreció, sin prejuzgar sobre la existencia de documentos.
- Considerando
- Lo Anterior Resulta Ser Infundado Por Lo Siguiente
- El Demandante Para Acreditar Sus Pretensiones Ofreció Entre Otras Probanzas La Siguiente
- La Parte Demandada Objetó Esas Probanzas Argumentado
- La Junta Con Relación A Esa Probanza Acordó
- El Actuario Que Realizó La Diligencia De Inspección En Lo Conducente Asentó
- La Responsable Al Valorar La Prueba En Cuestión Concluyó
- Ciertamente El Accionante Ofreció Entre Otras Pruebas La Siguiente
- La Parte Demandada Objetó Esa Probanza Aduciendo
- La Responsable Al Pronunciarse Sobre El Ofrecimiento De Esa Prueba Acordó