AMPARO DIRECTO 1235/2008. SANTOS JUAN DIONISIO.
Fecha: 25-Ene-2006
Bajo Este Contexto Conviene Reseñar Los Siguientes Antecedentes
La parte demandada, a fin de demostrar sus excepciones y defensas propuso, además de otros medios de prueba, la confesional del trabajador como sigue:
"1. La confesional, a cargo del actor Santos Juan Dionisio, solicitando sea citado y apercibido en términos de los artículos 744, 749, 786, 788 y 789 y demás relativos aplicables de la Ley Federal del Trabajo, para que comparezca personalmente a absolver las posiciones que se le articularán el día y hora en que esa H. Junta así lo disponga. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los puntos controvertidos en el presente juicio."
La Junta admitió dicha prueba y señaló hora y fecha para su desahogo, con el apercibimiento de que en caso de que no compareciera a la audiencia, se le tendría por confeso ficto de las posiciones que le fueron formuladas.
- Considerando
- En Uso De La Palabra El Apoderado Legal De La Actora Dijo
- En Esa Misma Audiencia La Junta Acordó
- A Lo Que La Junta Acordó
- A Foja Obra La Razón Actuarial La Cual Se Reproduce A Continuación Vía Escáner
- En Uso De La Palabra El Apoderado Legal De La Parte Actora Dijo
- Al Respecto La Junta Acordó
- A Foja Obra La Razón Actuarial La Cual Se Reproduce Vía Escáner
- Finalmente El Catorce De Noviembre De Dos Mil Siete La Junta Acordó
- Bajo Este Contexto Conviene Reseñar Los Siguientes Antecedentes
- La Confesional Del Actor Se Desahogó En Lo Que Interesa Como Sigue
- En El Laudo Reclamado La Autoridad Responsable Valoró Esta Probanza Así
- Ahora Bien El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Establece
- Del Precepto Legal Transcrito Se Desprende Lo Siguiente