AMPARO DIRECTO 118/2010. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
Fecha: 24-Ago-2009
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege al Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Nayarit, en contra del acto que reclamó de la Junta Especial Número Sesenta y Uno de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, consistente en el laudo emitido el cuatro de enero de dos mil diez, dentro de los autos del proceso laboral ordinario número 847/2009, de su índice.
Notifíquese; engrósese el fallo dentro del término legal; anótese en el libro de registro correspondiente y con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos respectivos a su lugar de origen, y en su oportunidad, archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Así, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Adalberto Maldonado Trenado, Humberto Castañeda Martínez, y David Orozco Peraza, secretario en funciones de Magistrado siendo presidente de este tribunal y ponente el primero de los mencionados.
- Considerando
- A Lo Anterior La Junta Responsable Consideró
- Para Mayor Claridad Se Transcribe La Parte Conducente Del Laudo En Comento
- Lo Subrayado Y En Negritas Es Propio
- Visto Lo Anterior Las Partes Pactan Las Siguientes
- Días Por Prima De Antigedad
- El Subrayado Es Nuestro
- Cláusula Bis Separación Por Jubilación Por Años De Servicios
- Subrayado Añadido
- Cláusula Salario
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve