AMPARO DIRECTO 572/2011. 30 DE NOVIEMBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. MAGISTRADO PONENTE: ALBERTO AUGUSTO DE LA ROSA BARAIBAR. SECRETARIO: URIEL VILLEGAS ORTIZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 572/2011. 30 DE NOVIEMBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. MAGISTRADO PONENTE: ALBERTO AUGUSTO DE LA ROSA BARAIBAR. SECRETARIO: URIEL VILLEGAS ORTIZ.

Fecha: 30-Nov-2011

C Que No Cuente Con El Permiso Correspondiente

Por su parte, el diverso delito portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, previsto en el artículo 83, fracción II, en relación con el artículo 11, inciso a), también de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, requiere para su acreditación:

a) La existencia de un arma de fuego de las comprendidas en el inciso a) del artículo 11 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos;