Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 487/2010. 9 DE FEBRERO DE 2011. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ROSA MARÍA TEMBLADOR VIDRIO. PONENTE: ERIC ROBERTO SANTOS PARTIDO. SECRETARIA: ARACELI ZAYAS ROLDÁN.
Fecha: 09-Feb-2011
Dar Aviso Oportuno Al Cliente Cuando No Pueda Continuar Prestando Sus Servicios
5. Erogar los gastos necesarios en caso de obligarse a hacerlo y no haberse incluido en el pago de honorarios.
- Considerando
- Los Anteriores Asertos Son Esencialmente Fundados
- Además En La Sentencia De Segunda Instancia La Sala Responsable Precisó
- Que El Profesionista Tenga Título De Abogado O Su Equivalente
- Dichos Asertos Son Esencialmente Fundados
- Elementos De Existencia
- Requisitos De Validez
- Iii Licitud El Objeto Motivo O Fin Del Contrato Que Se Realice Debe Ser Lícito
- Dar Aviso Oportuno Al Cliente Cuando No Pueda Continuar Prestando Sus Servicios
- B Obligaciones Del Cliente
- Por Convenio De Los Interesados