AMPARO DIRECTO 357/2012. 11 DE OCTUBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARTINIANO BAUTISTA ESPINOSA. SECRETARIO: J. ASCENCIÓN GOICOCHEA ANTÚNEZ.
Fecha: 11-Oct-2012
Artículo O
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. ...
5. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los Jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.
6. Publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, Materia Constitucional, página 557. Registro IUS 160480.
7. Publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 1, diciembre de 2011, Materia Constitucional, página 549. Registro IUS 2000008.
- Considerando
- Devienen Inoperantes Tales Planteamientos
- Devienen Infundados Tales Conceptos De Violación Con Base A Las Consideraciones Siguientes
- Que Las Resoluciones Definitivas Causen Un Agravio Fiscal Al Contribuyente
- Nombre
- Antes De Efectuar El Pago Considere Lo Siguiente
- El Pago De Las Mensualidades Deberá Efectuarlo En Cualquier Sucursal Bancaria
- Si Requiere Mayor Información O Recibir Asistencia Fiscal Puede
- Este Documento Es Una Invitación Por Lo Que No Determina Cantidad A Pagar Ni Crea Derechos
- También Es Aplicable La Tesis Que Dispone
- Igualmente Por Las Razones Que Expone Es Aplicable La Tesis Que Literalmente Dice
- I Proporcionarán Asistencia Gratuita A Los Contribuyentes Y Para Ello Procurarán
- Devienen Infundados Tales Planteamientos Con Base En Las Consideraciones Siguientes
- Artículo O