AMPARO DIRECTO 357/2012. 11 DE OCTUBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARTINIANO BAUTISTA ESPINOSA. SECRETARIO: J. ASCENCIÓN GOICOCHEA ANTÚNEZ.
Fecha: 11-Oct-2012
Que Las Resoluciones Definitivas Causen Un Agravio Fiscal Al Contribuyente
En efecto, del texto de los preceptos legales citados se advierte que la Sala Fiscal tiene atribuciones para conocer y resolver controversias suscitadas en materia administrativa; sin embargo, esa facultad se limita a los casos en que la resolución cuya nulidad se demande sea definitiva, y se haya dictado en los términos que se precisan en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Así, para considerar una resolución como definitiva, es dable atender a su naturaleza jurídica, la cual debe constituir el producto final o la voluntad definitiva de la administración pública, en tanto contenga una determinación o decisión cuyas características impidan modificaciones, y que ocasionen agravios a los gobernados.
Ahora bien, en el oficio impugnado número ***********, y en el oficio número **********, en sus partes conducentes, se aprecia lo siguiente:
- Considerando
- Devienen Inoperantes Tales Planteamientos
- Devienen Infundados Tales Conceptos De Violación Con Base A Las Consideraciones Siguientes
- Que Las Resoluciones Definitivas Causen Un Agravio Fiscal Al Contribuyente
- Nombre
- Antes De Efectuar El Pago Considere Lo Siguiente
- El Pago De Las Mensualidades Deberá Efectuarlo En Cualquier Sucursal Bancaria
- Si Requiere Mayor Información O Recibir Asistencia Fiscal Puede
- Este Documento Es Una Invitación Por Lo Que No Determina Cantidad A Pagar Ni Crea Derechos
- También Es Aplicable La Tesis Que Dispone
- Igualmente Por Las Razones Que Expone Es Aplicable La Tesis Que Literalmente Dice
- I Proporcionarán Asistencia Gratuita A Los Contribuyentes Y Para Ello Procurarán
- Devienen Infundados Tales Planteamientos Con Base En Las Consideraciones Siguientes
- Artículo O