AMPARO DIRECTO 634/2013. 7 DE FEBRERO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FRANCISCO GARCÍA SANDOVAL. SECRETARIO: ISMAEL HINOJOSA CUEVAS.
Fecha: 04-Abr-2014
La Multa Impuesta
Asimismo, en su ampliación de demanda impugnó las consultas de las cuentas individuales exhibidas por la demandada, con relación a la negativa que hizo de la relación laboral con los trabajadores por los que se emitieron las cédulas de liquidación con motivo de la omisión en el pago de cuotas obrero patronales, y respecto de los requisitos que consideró debe tener la certificación de esas consultas.
Como se aprecia, la quejosa no controvirtió ante la Sala responsable, la forma de determinar el salario base de cotización, ni la manera de calcular las cuotas obrero patronales. De ahí que si este tribunal estudia esos argumentos, implicaría el análisis del acto reclamado en forma distinta a como aparece probado ante la autoridad responsable, lo que contraviene lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Amparo.
- Considerando
- Quinto La Resolución Reclamada Concluyó Reconocer La Validez De La Resolución Impugnada
- Los Conceptos De Violación Son Infundados En Una Parte E Inoperantes En Otra
- Dichos Argumentos Son Inoperantes
- La Aludida Jurisprudencia Es La Siguiente
- Es Aplicable Al Caso Por Analogía La Siguiente Jurisprudencia
- Es Aplicable Al Caso La Siguiente Jurisprudencia
- Es Aplicable Al Caso En Lo Conducente La Siguiente Jurisprudencia
- Cuál Era La Obligación Omitida Imputada Al Patrón
- La Multa Impuesta
- Primerose Desecha El Amparo Adhesivo Conforme A Lo Señalado En El Considerando Cuarto