AMPARO DIRECTO 302/2014. 23 DE OCTUBRE DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. SECRETARIO: JUAN RAMÓN BARRETO LÓPEZ.
Fecha: 06-Feb-2015
Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
...
XV. Contra actos de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, que deban ser revisados de oficio, conforme a las leyes que los rijan, o proceda contra ellos algún recurso, juicio o medio de defensa legal por virtud del cual puedan ser modificados, revocados o nulificados, siempre que conforme a las mismas leyes se suspendan los efectos de dichos actos mediante la interposición del recurso o medio de defensa legal que haga valer el agraviado, sin exigir mayores requisitos que los que la presente ley consigna para conceder la suspensión definitiva, independientemente de que el acto en sí mismo considerado sea o no susceptible de ser suspendido de acuerdo con esta ley.
"No existe obligación de agotar tales recursos o medios de defensa, si el acto reclamado carece de fundamentación; ..."
- Considerando
- El Cumplimiento De Los Requisitos Del Acta
- No Puede Combatir Los Actos De Autoridad Que No Se Encuentran Dirigidos Al Actor
- Artículo Suspensión De Nuevas Licencias
- Dicte Una Nueva En La Que
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Ejemplo De Ello Se Encuentra En El Siguiente Criterio
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- E Satisfacer Los Demás Requisitos Que Fijan Las Leyes De La Materia
- Artículo Para Efectos Del Presente Código Se Entiende Por
- Artículo El Juicio Ante El Tribunal Es Improcedente Contra Actos O Resoluciones
- Las Citas Del Párrafo Son Las Siguientes
- Visible En La Foja Del Juicio Administrativo Ii