AMPARO DIRECTO 196/2014. 12 DE FEBRERO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ÓSCAR ESPINOSA DURÁN. SECRETARIO: MARCO ANTONIO BELTRÁN MORENO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 196/2014. 12 DE FEBRERO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ÓSCAR ESPINOSA DURÁN. SECRETARIO: MARCO ANTONIO BELTRÁN MORENO.

Fecha: 11-Sep-2015

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra los actos y autoridades que quedaron precisados en el resultando primero, por los motivos expuestos en el punto cuarto de esta ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, y en atención a lo solicitado en la Circular 2/2012-P, signada por el secretario general de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se reserva el envío de los autos al lugar de su procedencia; en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados: presidente Andrés Pérez Lozano, Óscar Espinosa Durán y José Nieves Luna Castro, siendo relator el segundo de los nombrados.

En términos de lo previsto en los artículos 14, fracción IV y penúltimo párrafo, 18, fracción II y 20, fracción VI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.