AMPARO DIRECTO 196/2014. 12 DE FEBRERO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ÓSCAR ESPINOSA DURÁN. SECRETARIO: MARCO ANTONIO BELTRÁN MORENO.
Fecha: 11-Sep-2015
Por Su Parte Los Diversos Artículos Y Del Código Adjetivo Aludido Establecen
"Artículo 121. El cuerpo del delito se tendrá por comprobado cuando se justifique la existencia de los elementos objetivos del tipo; así como los normativos y los subjetivos, cuando aparezcan descritos en éste. La probable responsabilidad penal del inculpado, se tendrá por acreditada cuando de los medios probatorios existentes se pruebe directa o indirectamente su participación dolosa o culposa y no exista acreditada en su favor alguna otra causa de exclusión del delito. Respecto de los tipos que se señalan podrán acreditarse los elementos objetivos que se refieren en la forma que se indica."
"Artículo 128. Para la comprobación del cuerpo del delito y la responsabilidad penal, el Ministerio Público y los tribunales gozarán de la acción más amplia para disponer las medidas de investigación que estimen conducentes con apego a las disposiciones legales."
De los preceptos antes transcritos, se aprecia que para el dictado de una sentencia que condene a un procesado, deben acreditarse los siguientes requisitos:
a) Que se compruebe la existencia del cuerpo del delito, lo cual se verificará cuando se justifique la existencia de los elementos objetivos del tipo; los normativos y los subjetivos cuando aparezcan descritos en éste;
- Considerando
- Por Su Parte Los Diversos Artículos Y Del Código Adjetivo Aludido Establecen
- B Que Se Acredite La Responsabilidad Del Procesado Y
- Que El Nexo De Atribuibilidad Conduzca A Establecer Que La Acción Llevó A Privar De La Vida A Aquél
- Por Ende La Conclusión A La Que Arribó La Sala Responsable Es Desafortunada Cuando Apuntó
- Siendo Que En Materia Penal No Resulta Válido Un Testimonio De Oídas
- Por Tanto Debe Declararse Infundado El Concepto De Violación Relativo
- El Artículo Del Código Sustantivo Penal Mencionado Establece
- Ii Ventaja Cuando El Inculpado No Corra Riesgo Alguno De Ser Muerto O Lesionado Por El Ofendido
- Con El Propósito De Definir Cada Concepto Se Señala Lo Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve