AMPARO ADHESIVO. SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN QUE PRETENDEN REFORZAR UNA CONSIDERACIÓN QUE QUEDÓ FIRME ANTE LA FALTA DE IMPUGNACIÓN O POR LA INEFICACIA DE LOS MOTIVOS DE DISENSO QUE EN SU CONTRA SE FORMULARON EN EL JUICIO PRINCIPAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO ADHESIVO. SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN QUE PRETENDEN REFORZAR UNA CONSIDERACIÓN QUE QUEDÓ FIRME ANTE LA FALTA DE IMPUGNACIÓN O POR LA INEFICACIA DE LOS MOTIVOS DE DISENSO QUE EN SU CONTRA SE FORMULARON EN EL JUICIO PRINCIPAL.

Fecha: 11-Nov-2016

F Que El Actor Prestaba Sus Servicios Para

"Dicha probanza se ofrece en términos de lo previsto por el artículo 776, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, y se ofrece como medio de perfeccionamiento, el cotejo y/o compulsa con sus originales, mismos que se encuentran en poder de mi representada, aportando la misma en su momento procesal oportuno (al momento del desahogo de dicho perfeccionamiento), de la computadora en donde se encuentran los correos de referencia, de acuerdo a lo establecido por el artículo (sic) 780, 836 A, 836 C, de la Ley Federal del Trabajo y 836 C, o bien, en la fecha en que se señale para que sea desahogada dicha probanza, se exhibirá en el domicilio que ocupa este tribunal, sito en calle 11a., número 803, colonia Centro, en el primer piso del edificio Héroes de la Revolución, la computadora del actor, en donde se contienen los correos exhibidos, durante el tiempo que sea necesaria para el desahogo de la presente probanza, solicitando a esta Junta que se asista de los elementos humanos y tecnológicos necesarios para mejor proveer en el desahogo el referido medio de prueba, de acuerdo a lo previsto por el último párrafo del artículo 836 D de la Ley Federal del Trabajo.

"Esta prueba se ofrece para acreditar la relación laboral entre el actor y **********, así como los demás hechos que constituyen la demanda y se ofrece para acreditar los mismos." (fojas 81 y vuelta del expediente laboral).