AMPARO DIRECTO 377/2015. 14 DE ABRIL DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: PAULINO LÓPEZ MILLÁN. PONENTE: RAQUEL FLORES GARCÍA. SECRETARIA: VANESSA CANO PINELO.
Fecha: 08-Jul-2016
Los Salarios No Podrán Reducirse Si Se Abrevia El Viaje Cualquiera Que Sea La Causa
"En los transportes urbanos o de circuito, los trabajadores tienen derecho a que se les pague el salario en los casos de interrupción del servicio, por causas que no les sean imputables.
"No es violatoria del principio de igualdad de salario la disposición que estipula salarios distintos para trabajo igual, si éste se presta en líneas o servicios de diversa categoría."
4. Registro digital: 916012. Materia laboral. Séptima Época. Fuente: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000. Tomo V, Materia de Trabajo, Jurisprudencia TCC. Tesis 875. Página 742.
5. Registro digital: 190028. Materia laboral. Novena Época. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, abril de 2001, página 931.
6. Publicada en la página 297, Tomo XVI, octubre de 2002, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
- Quintolos Conceptos De Violación Son Parcialmente Fundados
- Refiere Que El Escrito De Renuncia Debió Ser Ratificado Ante La Junta
- Lo Anterior Deviene Infundado
- Reclama La Absolución De Horas Extras
- Esta Manifestación Es Infundada
- Se Duele De Que No Se Condenara A La Parte Proporcional De Aguinaldo Del Año
- Este Concepto De Violación Es Fundado
- Artículo En El Desahogo De La Prueba Pericial Se Observarán Las Disposiciones Siguientes
- V En Caso De Existir Discrepancia En Los Dictámenes La Junta Designará Un Perito Tercero
- Reclama Deserción De Su Prueba Testimonial
- Lo Anterior Es Fundado
- Reponga El Procedimiento Para El Efecto De Que
- D Hecho Lo Anterior Resuelva Lo Que En Derecho Corresponda
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Los Salarios No Podrán Reducirse Si Se Abrevia El Viaje Cualquiera Que Sea La Causa