AMPARO DIRECTO 377/2015. 14 DE ABRIL DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: PAULINO LÓPEZ MILLÁN. PONENTE: RAQUEL FLORES GARCÍA. SECRETARIA: VANESSA CANO PINELO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 377/2015. 14 DE ABRIL DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: PAULINO LÓPEZ MILLÁN. PONENTE: RAQUEL FLORES GARCÍA. SECRETARIA: VANESSA CANO PINELO.

Fecha: 08-Jul-2016

Los Salarios No Podrán Reducirse Si Se Abrevia El Viaje Cualquiera Que Sea La Causa

"En los transportes urbanos o de circuito, los trabajadores tienen derecho a que se les pague el salario en los casos de interrupción del servicio, por causas que no les sean imputables.

"No es violatoria del principio de igualdad de salario la disposición que estipula salarios distintos para trabajo igual, si éste se presta en líneas o servicios de diversa categoría."

4. Registro digital: 916012. Materia laboral. Séptima Época. Fuente: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000. Tomo V, Materia de Trabajo, Jurisprudencia TCC. Tesis 875. Página 742.

5. Registro digital: 190028. Materia laboral. Novena Época. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, abril de 2001, página 931.

6. Publicada en la página 297, Tomo XVI, octubre de 2002, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.