AMPARO DIRECTO 312/2016. 31 DE AGOSTO DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: OSMAR ARMANDO CRUZ QUIROZ. PONENTE: JORGE OJEDA VELÁZQUEZ. SECRETARIO: JULIO CÉSAR BALLINAS DOMÍNGUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 312/2016. 31 DE AGOSTO DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: OSMAR ARMANDO CRUZ QUIROZ. PONENTE: JORGE OJEDA VELÁZQUEZ. SECRETARIO: JULIO CÉSAR BALLINAS DOMÍNGUEZ.

Fecha: 19-May-2017

Considerando

1. SÉPTIMO.-Análisis de los conceptos de violación. Son fundados los conceptos de violación formulados por la quejosa, los cuales se analizan de manera conjunta por encontrarse estrechamente vinculados, en términos del artículo 76 de la Ley de Amparo.

2. En principio, resulta conveniente conocer el contenido del artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación y de la regla 2.2.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil quince, que prevén lo siguiente:

"Artículo 17-H. Los certificados que emita el Servicio de Administración Tributaria quedarán sin efectos cuando: