Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 311/2013. 20 DE JUNIO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: DANIEL HORACIO ESCUDERO CONTRERAS. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.
Fecha: 26-Oct-2018
En Consecuencia Tales Consideraciones Deben Subsistir Para Continuar Rigiendo El Sentido Del Fallo
En otra tesitura, argumenta la inconforme, que la condena a escriturar cuando el terreno denominado ********** o **********, no está regularizado, es tanto como obligarla a cometer una conducta ilícita prevista en los artículos 343 bis del Código Penal para el Distrito Federal y 315 del ordenamiento correlativo del Estado de México.
- Considerando
- C Que Trascienda Al Resultado Del Fallo
- Iii Se Desechen Las Pruebas Legalmente Ofrecidas O Se Desahoguen En Forma Contraria A La Ley
- El Contrato Basal Es Del Tenor Siguiente
- A Que En El Contrato De Cesión De Derechos No Se Estableció Condición Alguna
- En Consecuencia Tales Consideraciones Deben Subsistir Para Continuar Rigiendo El Sentido Del Fallo
- Dicho Argumento Es Inoperante Por Novedoso
- Lo Que Al No Ser Controvertido Por La Inconforme Debe Permanecer Rigiendo El Sentido Del Fallo