AMPARO DIRECTO 523/2017. 18 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ISIDRO PEDRO ALCÁNTARA VALDÉS. SECRETARIO: FLAVIO BERNARDO GALVÁN ZILLI.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 523/2017. 18 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ISIDRO PEDRO ALCÁNTARA VALDÉS. SECRETARIO: FLAVIO BERNARDO GALVÁN ZILLI.

Fecha: 09-Mar-2018

Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada

2. En su lugar emita otra en la que reitere, insertándole, la parte de la sentencia que no fue materia del juicio de amparo y la que se estimó apegada a derecho.

3. Con plenitud de jurisdicción, resuelva si, en el particular, existe usura o no en relación con el porcentaje de intereses moratorios pactados en el documento base de la acción, ajustándose a los parámetros objetivos y subjetivos establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Finalmente, con apoyo en lo dispuesto por los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su artículo 2o., deberá entregarse copia autorizada de esta sentencia a la parte que lo solicite y se encuentre autorizada para ello, previa razón actuarial.

Por lo expuesto y con fundamento, además, en el artículo 189 de la Ley de Amparo; este Tribunal Colegiado,