Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 523/2017. 18 DE ENERO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ISIDRO PEDRO ALCÁNTARA VALDÉS. SECRETARIO: FLAVIO BERNARDO GALVÁN ZILLI.
Fecha: 09-Mar-2018
Otras Cuestiones Objetivas Que Generen Convicción Al Juzgador
Debe decirse que tales circunstancias deben ser apreciadas por el juzgador, si de las constancias en actuaciones obran válidamente pruebas de ellos. Aunque, es necesario precisar la existencia de parámetros, como la variación del índice inflacionario nacional y la tasa de interés de las instituciones bancarias, que al tratarse de hechos notorios no necesitan ser probados en autos, pudiendo ser invocados por el juzgador natural válidamente, siempre y cuando funde y motive el porqué de su inclusión.
Apoya lo expuesto en el párrafo precedente, la jurisprudencia 1a./J. 56/2016 (10a.), emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título, subtítulo y texto siguientes:
- Considerando
- Tales Argumentos Consisten En Síntesis En Lo Siguiente
- Los Artículos Primer Párrafo Y Primer Párrafo De La Ley De Amparo Establecen
- Señale La Forma En Que La Violación Procesal Trascendió Al Resultado Del Fallo
- Tipo De Tesis Jurisprudencia
- Página
- Tipo De Tesis Aislada
- El Mencionado Normativo Es Del Contenido Siguiente
- Son Parámetros Objetivos Los Siguientes
- D Monto Del Crédito La Cantidad De Lo Prestado
- Otras Cuestiones Objetivas Que Generen Convicción Al Juzgador
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Resuelve Que