AMPARO DIRECTO 814/2018. 28 DE DICIEMBRE DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ÁLVARO OVALLE ÁLVAREZ. PONENTE: SILVERIO RODRÍGUEZ CARRILLO. SECRETARIO: RODRIGO NAVA GODÍNEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 814/2018. 28 DE DICIEMBRE DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ÁLVARO OVALLE ÁLVAREZ. PONENTE: SILVERIO RODRÍGUEZ CARRILLO. SECRETARIO: RODRIGO NAVA GODÍNEZ.

Fecha: 22-Feb-2019

Que La Sociedad Conyugal Puede Ser Voluntaria O Legal

- Que la sociedad voluntaria y la legal se regirán por las disposiciones relativas a la sociedad común en todo lo que no estuviere comprendido en los capítulos relativos de ese código.

- Que la sociedad legal nace desde el momento en que se celebra el matrimonio; la voluntaria puede nacer desde la celebración del matrimonio o durante éste, según que las capitulaciones matrimoniales respectivas se pacten al celebrarse el matrimonio o durante el mismo.

- Que el régimen de sociedad legal, consiste en la formación de un patrimonio común diferente de los patrimonios propios de los consortes y cuya administración corresponde a cualquiera de los cónyuges, de acuerdo a lo que ellos mismos decidan.

- Que a falta de capitulaciones expresas, se entiende celebrado el matrimonio bajo el régimen de sociedad legal.