Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 111/2019. 8 DE AGOSTO DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JOEL FERNANDO TINAJERO JIMÉNEZ. PONENTE: JOSÉ DAVID CISNEROS ALCARAZ. SECRETARIA: DIANA DEL CARMEN GÓMEZ TAYLOR.
Fecha: 20-Sep-2019
Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
2) En su lugar, emita otra en la que atendiendo las consideraciones expresadas, tome en cuenta que en el auto de formal prisión no se establecieron los periodos en que ********** incumplió el deber de suministrar alimentos a sus hijos ********** y ********** y, con libertad de jurisdicción, resuelva lo conducente.
94. Similares consideraciones sostuvo este Tribunal Colegiado, al resolver los amparos directos 578/2018, 689/2018, 773/2017 y 743/2018, en sesiones ordinarias de 7 y 14 de marzo; 25 de abril y 10 de mayo, todos de 2019, respectivamente.
- Viiiestudio Del Asunto
- De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Del Código De Procedimientos Penales Para El Estado De Colima
- Iii Que Esté Acreditada La Probable Responsabilidad Del Inculpado Y
- Segundo Se Reiteran Los Resolutivos Primero Quinto Y Sexto De La Sentencia Apelada
- Esta Afirmación Puede Demostrarse Con La Siguiente Gráfica
- Ixdirectrices De La Concesión Del Amparo
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
- Xamparo Adhesivo
- Xipedimento Ministerial
- Xiidecisión
- Previo A La Reforma Del De Junio De
- Dicha Resolución Constituye El Acto Reclamado En El Presente Asunto