Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 383/2019. 16 DE ENERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: RENATO DE JESÚS MARTÍNEZ LEMUS.
Fecha: 01-Oct-2021
Hecho Lo Anterior
C) Siguiendo los lineamientos establecidos en la ejecutoria, sin libertad de jurisdicción, prescinda de considerar que el trabajador ********** es de confianza; en consecuencia, ahora sí con libertad de jurisdicción, se pronuncie nuevamente en relación con las prestaciones consistentes en: reinstalación, salarios caídos, otorgamiento de nombramiento definitivo, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo e integración (sic) de cuotas obrero-patronales ante el Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz, generadas desde que fue separado de su empleo y durante la tramitación del juicio, a la luz de lo contestado por el patrón como defensa y excepción sobre el particular.
- Considerando
- Determinación Que Se Estima Correcta
- Dio Como Respuesta A La Sí Así Es
- Dio Como Respuesta A La Sí
- Se Suprimen Imágenes
- Artículo O Son Trabajadores De Confianza
- De Ahí Que Sus Conceptos De Violación Que Hace Valer Sobre El Particular Devengan Infundados
- A La Sí Aunque Salíamos Más Tarde
- Artículo O
- Por Ello Quedó Acreditado Que Le Asistía El Carácter De Trabajador De Confianza
- En Relación Con El Trabajador Los Conceptos De Violación También Devienen Infundados
- Por Lo Anterior Quedó Acreditado Que Le Asistía El Carácter De Trabajador De Confianza
- B Reitere Lo Que No Fue Materia De Concesión Ni De Litis Esto Es
- Otorgamiento De Nombramiento Definitivo
- La Condena Decretada Contra La Patronalquejosa Secretaría De Educación De Veracruz Respecto
- Hecho Lo Anterior
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve